El tribunal aplicó las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas, en calidad de coautores del delito consumado de robo de cosas que se encuentran en bienes nacionales de uso público. Ilícito perpetrado en marzo de 2022.
TOP y Garantía 77El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó Lorena Esperanza Ramos Aguayo y Pedro Andrés Rivera Millán 3 años y un día de presidio efectivo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas, en calidad de coautores del delito consumado de robo de cosas que se encuentran en bienes nacionales de uso público. Ilícito perpetrado en marzo de 2022.
En fallo unánime (causa rol 637-2022), el tribunal –integrado por  los magistrados Yesica Hidalgo Parra (presidenta), Sergio Allende Cabeza y César Torres Mesías (redactor)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el 24 de marzo de 2022, en la intersección de la avenida Italia con la avenida España de la comuna de Rancagua, Ramos Aguayo y Rivera Millán, portando un napoleón, una cuerda para escalar y una mochila, “(…) procedieron mediante escalamiento del poste a cortar 40 metros de cables del tendido telefónico, correspondiente a la empresa Telefónica S.A., produciendo un corte de servicio en el sector, siendo detenidos cuando ya habían enrollado el cable para retirarse del lugar”.
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