La Corte de Apelaciones de Rancagua mantuvo sujetos a la medida cautelar de
prisión preventiva a Leonardo Alejandro Rubio Vásquez y Michael Antonio Puga
Miranda, imputados por el Ministerio Público como autores de dos delitos de
robo en lugar habitado. Ilícitos perpetrados el 15 de junio del año pasado,
en la ciudad.

En fallo unánime revocó la resolución dictada el pasado el 22 de enero
por el Juzgado de Garantía de Rancagua, que alzó la prisión preventiva de
los imputados.Corte 2020 a
“Que, en la medida que no se encuentre firme y ejecutoriada la resolución
que excluyó la prueba del Ministerio Público, esta Corte de Apelaciones se
encuentra facultada para ponderar los antecedentes reunidos en la etapa
investigativa, para los efectos de decidir la mantención de la medida
cautelar, los cuales resultan suficientes para acreditar los presupuestos
materiales de la prisión preventiva, tal como se estimó al momento de
imponerla, configurándose además, la necesidad de cautela que exige la letra
c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en atención a la pena
asignada al delito objeto de la acusación y a la existencia de condenas
anteriores por el mismo ilícito”, razona el fallo.

“Por lo anteriormente razonado y lo dispuesto en los artículos 140, 360 y
siguientes del Código Procesal Penal, se revoca en lo apelado la resolución
de veintidós de enero de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de
Garantía de Rancagua, en causa RIT 6606- 2020 y en su lugar se ordena
mantener la medida cautelar de prisión preventiva respecto de ambos
imputados”, concluye.

Según el ente persecutor, el 15 de junio de 2020, los imputados Rubio
Vásquez y Puga Miranda, previamente concertados, se dirigieron hasta la
ciudad de Rancagua con la finalidad de realizar robos en domicilios de la
comuna, provistos de una credencial falsificada correspondiente a la
Compañía General de Electricidad -CGE- y vistiendo chaquetas y pantalones
con el logo de la entidad, logrando de este modo ingresar a dos inmuebles
desde donde sustrajeron dos tablet, dinero en efectivo, ascendente a la suma
de $1.020.000, y un anillo de plata.

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