La parlamentaria de la región de O’Higgins Marta González, se suma a la propuesta legislativa del diputado del distrito 9 Andrés Giordano, la cual busca dotar de regulación de la actual normativa y la definición de montos de pago, la forma de entrega y los requisitos para obtenerlo, que consta para cuatro tipos de casos.

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Actualmente, el bono se entrega en casos como cuando el empleador no puede proporcionar un espacio para el cuidado del menor durante la jornada laboral dentro del mismo lugar de trabajo y no hay salas cunas disponibles en la zona, o cuando se trabaja en turnos nocturnos o por alguna condición en la salud del niño o niña que imposibilite su asistencia a un establecimiento acreditado.

La propuesta presentada por los parlamentarios incluye la regulación de la actual normativa y la definición de montos de pago, la forma de entrega y los requisitos para obtenerlo. En concreto, el bono compensatorio no podrá ser inferior al monto pagado por el empleador respecto de otras personas trabajadoras, y no podrá ser inferior al ingreso mínimo mensual, proporcionalmente calculado respecto de la jornada laboral de la persona trabajadora beneficiaria.

De acuerdo con el diputado Andrés Giordano, “desde el año 2003 la Dirección del Trabajo ha permitido excepciones para casos justificados, permitiendo el pago de un bono compensatorio. Pero en la práctica, se da que empresas pagan a establecimientos de sala cuna en promedio más de $400.000, y que en el mismo lugar de trabajo otorgan bonos compensatorios a otras trabajadoras inferiores a los $100.000 para reducir costos, que no alcanzan para el cuidado de un niño o niña”.

Para la diputada Marta González este proyecto sirve “para arreglar un vacío y regularizar los montos de los bonos compensatorios de Sala Cuna”, actualmente muchas mujeres no pueden acceder a estos servicios por diversas razones y obtienen compensaciones considerablemente menores a las que las propias salas cuna reciben, alcanzando incluso montos por debajo del mínimo, eso es lo que queremos corregir con este proyecto de ley, que beneficiará a trabajadoras de sectores como minería, hospitales y a todas aquellas que tengan horarios laborales que no coincidan con los establecimientos de salas cunas”.

De izquierda a derecha Marta González, Gael Yeomans, Andrés Giordano, Jaime Sáez y Maite Orsini
De izquierda a derecha Marta González, Gael Yeomans, Andrés Giordano, Jaime Sáez y Maite Orsini

Respecto a quienes podrían optar a este beneficio, el proyecto contempla cuatro causas:

  1. Quienes desempeñen sus funciones en una localidad en que no exista ningún establecimiento que cuente con la autorización del Ministerio de Educación o en caso de que exista, no haya cupo en dicho establecimiento para recibir al niño o niña menor de dos años.
  1. Para quienes desempeñen sus funciones en faenas mineras o en establecimientos ubicados en lugares apartados de centros urbanos.
  1. Para cuando la trabajadora preste servicios en horarios nocturnos, turnos de fines de semana u horarios donde las salas cunas no prestan servicios.
  1. Y cuando las condiciones de salud y los problemas médicos que el niño o niña padezca, aconsejen no enviarlo a sala cuna. Dicha situación debe estar certificada por un facultativo competente que así lo prescriba.

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