Fue este miércoles cuando la Sala del Senado aprobó con 27 votos a favor, 14 en contra y 2 abstenciones, el proyecto de ley que mejora la persecución del narcotráfico y crimen organizado. La normativa, además busca regular el destino de los bienes incautados en esos delitos y fortalece las instituciones de rehabilitación y reinserción social.
Además, castigará a quien suministre a menores de 18 años productos que contengan solventes o gases inhalantes capaces de provocar daños a la salud o dependencia física o psíquica. Por otra parte, si algún delito relacionado a las drogas se cometió valiéndose de un menor de 18 años o personas exentas de responsabilidad, se aumenta en un grado la pena. A su vez, la pena aumentará en dos grados, cuando se proveyere de armas de fuego a menores de edad para alcanzar fines delictivos.
Asimismo, entre los instrumentos incautados se incorporan bienes muebles e inmuebles, que el juez de garantía podrá destinar provisionalmente a petición del Ministerio Público. Igualmente, se podrán destinar a una institución del Estado o, previa caución, a una institución privada sin fines de lucro.
“Esta ley es punitiva para el delito y el crimen organizado, no lo olvidemos; y por eso ha tenido mayoría, significa un nuevo paso adelante en la persecución de todos aquellos que trafican, que usan de manera indebida, impropia y al margen de la ley el cannabis”, explicó el Senador Juan Luis Castro.
También, incluye la disposición que permitirá a los pacientes que tengan una receta extendida por un médico cirujano tratante, cultivar cannabis para su uso personal. “Estamos generando un espacio de cautela y protección para los que sí ameritan, que son quienes consumen por razones médicas a diferencia de los que trafican, que obviamente van a tener mano dura a partir de esta ley que quedó aprobada y será promulgada los próximos días”, señaló.
El también médico, manifestó que antes, el consumo con fines medicinales era una “letra muerta”, por lo que insistió: “Había un estigma, una vergüenza social en asumir que, por ejemplo, una persona con fibromialgia debía acudir al cannabis por razones médicas; o quien al tener epilepsia refractaria -estoy nombrando situaciones médicas reales y objetivas- tenía necesidad de consumir. Esto ya los coloca en un plano de igualdad de derechos, pero además con un rango terapéutico que se reconoce y se admite para efectos del cannabis, no por combustión”.
Detalló que a partir de su promulgación se va a permitir bajo receta médica “y con prescripción en mano, tener el derecho a decir, sí, yo cultivo, y tengo mi prescripción para poder hacerlo”.
En lo que refiere a las cantidades permitidas, dentro de lo medicinal, el parlamentario precisó que “la receta médica mandará, esto está muy ordenado en función del código sanitario que al igual que en cualquier otro producto medicinal, establece tiempos, dosis máximas, formas de presentación -gotas, cremas o pomadas, vaporización- pero esto va a depender de la prescripción del facultativo, que es quien ordena los tiempos y cantidades de uso con cultivo permitido y no penalizado que es lo que importa”.