{"id":9530,"date":"2026-03-05T01:00:51","date_gmt":"2026-03-05T01:00:51","guid":{"rendered":"https:\/\/www.rengoenlanoticia.cl\/prensa\/?p=9530"},"modified":"2026-03-05T01:56:08","modified_gmt":"2026-03-05T01:56:08","slug":"top-de-rancagua-condena-a-autores-de-trafico-de-estupefacientes-en-san-francisco-de-mostazal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.rengoenlanoticia.cl\/prensa\/2026\/03\/05\/top-de-rancagua-condena-a-autores-de-trafico-de-estupefacientes-en-san-francisco-de-mostazal\/","title":{"rendered":"TOP de Rancagua condena a autores de tr\u00e1fico de estupefacientes en San Francisco de Mostazal"},"content":{"rendered":"\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua conden\u00f3 a Ignacio Antonio Moraga Torres a la pena de 10 a\u00f1os y un d\u00eda de presidio efectivo, accesorias legales de inhabilitaci\u00f3n absoluta perpetua para cargos y oficios p\u00fablicos y derechos pol\u00edticos y la inhabilitaci\u00f3n absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; m\u00e1s el pago de una multa de 40 UTM, en calidad de autor del delito consumado de tr\u00e1fico de sustancias estupefacientes y psicotr\u00f3picas. Il\u00edcito perpetrado en noviembre de 2024, en la comuna de San Francisco de Mostazal.<\/p>\n\n\n\n<p>En fallo un\u00e1nime (causa rol 657-2025), el tribunal \u2013integrado por los magistrados Hern\u00e1n Gonz\u00e1lez Mu\u00f1oz (presidente), \u00d3scar Castro Allendes y Yesica Hidalgo Parra (redactora)\u2013 conden\u00f3 a Mart\u00edn Arturo Pozzo Lagos y C\u00e9sar Antonio Mart\u00ednez Valenzuela a 8 y 7 a\u00f1os de presidio efectivo, accesorias de inhabilitaci\u00f3n absoluta perpetua para cargos y oficios p\u00fablicos y derechos pol\u00edticos y la inhabilitaci\u00f3n absoluta para profesiones titulares mientras duren las condena; m\u00e1s el pago de una multa de 20 UTM cada uno, como coautores del delito.<\/p>\n\n\n\n<p>En la causa, el tribunal conden\u00f3 al acusado Exequiel Eliseo Zarzar C\u00f3rdova a 4 a\u00f1os de presidio, pena reemplaza por libertad vigilada intensiva por igual lapso, accesorias de inhabilitaci\u00f3n absoluta perpetua para derechos pol\u00edticos y la inhabilitaci\u00f3n absoluta para cargos y oficios p\u00fablicos durante el tiempo de la condena; y el pago de una multa de 15 UTM, como coautor del delito.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, el tribunal decret\u00f3 la absoluci\u00f3n de Moraga Torres, Pozzo Lagos, Mart\u00ednez Valenzuela y Zarzar C\u00f3rdova de la acusaci\u00f3n fiscal que los sindicaban como autores del delito de porte de arma a fogueo adaptada para el disparo de municiones, debido a que, a la fecha de los hechos, la tenencia de este tipo de armamento no estaba sancionada penalmente.<\/p>\n\n\n\n<p>El tribunal dio por acreditado, m\u00e1s all\u00e1 de toda duda razonable, que en horas de la noche del 11 de noviembre de 2024, funcionarios de la secci\u00f3n OS7 de Carabineros de Rancagua, se apostaron en la Ruta 5 Sur, kil\u00f3metro 58, de la comuna de San Francisco de Mostazal, con la finalidad de realizar fiscalizaciones aleatorias a los veh\u00edculos que circulaban por dicha carretera.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEs en ese contexto que a eso las 23:15 horas proceden a la fiscalizaci\u00f3n del veh\u00edculo station wagon, marca Volkswagen, modelo Suran Cross, a\u00f1o 2012, color blanco, placa patente \u00fanica (\u2026), el cual era conducido por el imputado don C\u00e9sar Antonio Mart\u00ednez Valenzuela, siendo su copiloto don Exequiel Zarzar C\u00f3rdoba, y en la parte posterior viajaban don Mart\u00edn Pozzo Lagos e Ignacio Moraga Torres. A partir de esta fiscalizaci\u00f3n, en compa\u00f1\u00eda del can detector de drogas Gazam del emblema verde, se solicita a los imputados que desciendan del veh\u00edculo donde el can efect\u00faa un circuito de b\u00fasqueda por el exterior e interior del veh\u00edculo, donde precisamente realiza un marcaje positivo, espec\u00edficamente debajo del asiento del conductor, hall\u00e1ndose en dicho lugar un trozo compacto envuelto en cinta adhesiva transparente, la cual fue sometida a la respectiva prueba de campo, arrojando coloraci\u00f3n positiva para clorhidrato, coca\u00edna, cuyo peso bruto corresponde a 509 g y 400 miligramos. Posteriormente el can de drogas detector de drogas realiz\u00f3 una segunda marcaci\u00f3n positiva activa sobre el asiento trasero del veh\u00edculo, espec\u00edficamente en una bolsa de g\u00e9nero color morado, la cual conten\u00eda en su interior 5 bolsas de nylon transparente contenedoras de una sustancia en polvo de color blanco, la cual fue sometida a la respectiva prueba, arrojando coloraci\u00f3n positiva para cafe\u00edna, en el mismo lugar se encontr\u00f3 dos bolsas de nylon transparentes, contenedoras de una sustancia en estado vegetal con similares caracter\u00edsticas a la marihuana, la cual fue sometida a respectiva prueba de campo arrojando coloraci\u00f3n positiva para marihuana, el peso de la marihuana corresponde a 2 gramos 400 miligramos y el peso de la cafe\u00edna corresponde a 504 g 600 miligramos. Por su parte, siguiendo con la b\u00fasqueda del interior del m\u00f3vil debajo del asiento del copiloto se manten\u00eda un bolso de mano de color rojo, el cual manten\u00eda una pistola con la leyenda gap BBM calibre 9 mm k, con cargador y 8 cartuchos de fogueo calibre 9 mm pack. Se estima por parte del Ministerio P\u00fablico que los imputados manten\u00edan y transportaban la droga bajo su tenencia, posesi\u00f3n y guarda con \u00e1nimo de traficar la misma y sin justificar un consumo personal y exclusivo pr\u00f3ximo en el tiempo\u201d, consigna el fallo.<\/p>\n\n\n\n<p>Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biol\u00f3gicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas gen\u00e9ticas e inclusi\u00f3n en el registro nacional de ADN de condenados. Asimismo, se decret\u00f3 el comiso de la droga, pistola a fogueo, cargador y otras especies incautadas en el procedimiento policial.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua conden\u00f3 a Ignacio Antonio Moraga Torres a la&hellip;\n","protected":false},"author":1,"featured_media":9548,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[5,8],"tags":[],"class_list":{"0":"post-9530","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-policial","8":"category-portada"},"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.rengoenlanoticia.cl\/prensa\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9530","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.rengoenlanoticia.cl\/prensa\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.rengoenlanoticia.cl\/prensa\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.rengoenlanoticia.cl\/prensa\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.rengoenlanoticia.cl\/prensa\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=9530"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/www.rengoenlanoticia.cl\/prensa\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9530\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":9551,"href":"https:\/\/www.rengoenlanoticia.cl\/prensa\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9530\/revisions\/9551"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.rengoenlanoticia.cl\/prensa\/wp-json\/wp\/v2\/media\/9548"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.rengoenlanoticia.cl\/prensa\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=9530"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.rengoenlanoticia.cl\/prensa\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=9530"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.rengoenlanoticia.cl\/prensa\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=9530"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}