El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Santa Cruz condenó a Rolando Hugo José Valenzuela Ortiz a la pena de 6 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de robo en lugar habitado, ilícito perpetrado en la comuna de Marchigüe en abril de 2025.
La sentencia incluye, además, las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, así como la inhabilitación absoluta para ejercer profesiones titulares mientras dure la condena.
En un fallo unánime (causa rol N° 217-2025), el tribunal —integrado por las magistradas Gricelda Valenzuela Rodríguez (presidenta), María Angélica Mulatti Oyarzo y el juez Nicolás Flores Campos (redactor)— dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, la responsabilidad penal del condenado en los hechos.
Según se estableció durante el juicio, alrededor de las 03:00 horas del 24 de abril de 2025, Rolando Valenzuela Ortiz, acompañado de Tania Lobos Fuentes y Jairo Rosa Becerra —ambos condenados previamente mediante procedimiento abreviado—, llegó a bordo de un vehículo Kia Sephia hasta un inmueble ubicado en la comuna de Marchigüe, donde residía la víctima identificada con las iniciales G.R.L.C. junto a su grupo familiar.
Una vez en el lugar, los imputados escalaron el cierre perimetral del domicilio, cortando la cadena con candado que aseguraba la reja de acceso. Posteriormente, forzaron la puerta principal del inmueble, logrando ingresar a su interior.
Dentro de la vivienda, específicamente en el sector del living-comedor, los sujetos sustrajeron un notebook y un teléfono celular, ambos marca Samsung. Acto seguido, se dirigieron al área de estacionamientos del predio, desde donde robaron diversas especies, entre ellas una hidrolavadora marca Karcher, una aspiradora marca Somela, una sierra circular y otras herramientas, todas de propiedad de la víctima.
Tras concretar el ilícito, los imputados huyeron del lugar en el mismo vehículo, cargando las especies sustraídas.
Con esta sentencia, el tribunal reafirma la gravedad del delito de robo en lugar habitado, especialmente por el riesgo que implica para la seguridad de las personas y sus familias, imponiendo una pena de cumplimiento efectivo al autor del hecho.

