Comisión de Libertad Condicional de Rancagua acogió el 7,3% de las solicitudes en su primera sesión de 2025

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La Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción de Rancagua concedió 25 (7,3%) y rechazó 283 (83,3%) de 340 solicitudes de internos propuestas por los tribunales de conducta de las diversas unidades penales de la jurisdicción.

La instancia –que sesionó entre el miércoles 9 y el viernes 11 de abril- estuvo presidida por el ministro de la Corte de Apelaciones de Rancagua, Ricardo Pairicán García, e integrada por los jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua Paulina Bossy Chaparro y Carolina Garrido Acevedo; los magistrados del Juzgado de Garantía de Rancagua, Gonzalo Celedón Bulnes, Carolina Lazen Maldonado y Mauricio Silva Vásquez (en calidad de suplente); y la secretaria de la Corte y de la respectiva comisión, Andrea Alfaro de la Fuente.

Tras el análisis de los antecedentes, la comisión otorgó el beneficio a 7 internos del Centro Penitenciario de Rancagua, 10 correspondientes al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Rengo, 3 del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Santa Cruz y 5 del Centro de Detención Preventiva de Peumo.

En tanto, la instancia omitió pronunciamiento sobre 32 casos (9,4%).

El Decreto Ley 321, modificado por la ley 21.124 -que entró en vigencia el 18 de enero de 2019- establece como requisitos para postular al beneficio de la libertad condicional, haber cumplido la mitad de la condena y dos tercios en el caso de condenas por delitos graves; presentar una conducta intachable en el establecimiento penal y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería, sobre los factores de riesgo de reincidencia y de conciencia del delito.

Alegaciones de las víctimas

Uno de los últimos cambios que registra la normativa respecto a las libertades condicionales, publicado el 9 de noviembre del año pasado, establece que Gendarmería de Chile deberá informar al tribunal a cargo de la ejecución de la pena respectiva, la nómina de postulantes a la libertad condicional, y este deberá notificar a las víctimas de dicha postulación.

Según establece dicha modificación, “(…) La víctima, personalmente o a través de su representante, podrá dar a conocer sus alegaciones, por escrito, ante la Comisión de Libertad Condicional respectiva, durante los primeros cinco días de los meses de abril y octubre, según corresponda. La Comisión podrá además oír en audiencia a la víctima o a sus representantes, si ésta así lo solicita, por fundamentos especialmente calificados, ya sea en atención a la gravedad de los hechos por los que la persona postulante fue condenada o por su calidad de reincidente».

En ese sentido, en esta primera sesión de 2024, la Comisión recibió las alegaciones de 18 víctimas.

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