Son cerca de 22 mil pacientes que se verán beneficiados con esta ley, que asegura el derecho a suministro eléctrico ininterrumpido para personas que lo requieran para su sobrevivencia. 

 El pasado lunes 9 de mayo, fue publicado en el Diario Oficial, el Decreto Supremo N°65, de 2021, del Ministerio de Energía, correspondiente al reglamento de la Ley N° 21.304 o Ley Lucas Riquelme. La importancia de dicha publicación radica en que con ello entran finalmente en vigencia las disposiciones de la mencionada ley.
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La Ley Lucas Riquelme, aprobada por el parlamento el 12 de enero de 2021, incorpora el domicilio de los pacientes electrodependientes dentro del listado cuyo suministro no puede suspenderse en caso de que los servicios se encuentren impagos, además de establecer una serie de obligaciones a las empresas concesionarias, cumplimientos que serán fiscalizados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

El ministro Claudio Huepe, se refirió a la importancia de esta ley y de la publicación de su correspondiente reglamento.

“El gobierno del presidente Gabriel Boric tiene como una de sus prioridades en materia energética enfrentar la vulnerabilidad. En ese marco la aprobación de esta ley y la publicación del reglamento que habilita su aplicación permitirá que las miles de familias que dependen de la electricidad para resguardar las vidas de sus seres queridos tengan la certeza de que contarán con este suministro de forma ininterrumpida” señaló la autoridad.

La ley y el reglamento permitirán que se regule el suministro de electricidad para personas electrodependientes, contemplando entre otras medidas la prohibición de corte de suministro por no pago, la obligación de las concesionarias de llevar un registro de personas electrodependientes, además dar soluciones eficaces y oportunas de restablecimiento del servicio a dichos pacientes.

Junto con ello, se incluye el priorizar el restablecimiento del servicio en caso de corte, notificando previamente las interrupciones programadas. También se considera la obligación de descontar de las cuentas de luz, el consumo específico del dispositivo de uso médico al cual el paciente está conectado por medio del mecanismo de medición correspondiente.

De acuerdo a la ley se consideran como personas electrodependientes a aquellas personas que para el tratamiento de la patología que padecen se encuentran en condición de hospitalización domiciliaria y necesitan permanecer conectadas físicamente, de forma continua o transitoria a un dispositivo de uso médico que requieren suministro eléctrico para su funcionamiento, para compensar le pérdida de una función fundamental del cuerpo y sin la cual estarían en riesgo vital o de secuela funcional severa grave.

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