El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a J.M.Ñ.L. a la
pena única de 13 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito
consumado y reiterado de violación impropia de menor de 14 años de edad y
del delito consumado y reiterado de violación propia (mayor de 14 años).
Ilícitos perpetrados entre 2011 y 2015, respectivamente, en la ciudad.
En fallo unánime, el tribunal  aplicó, además, a J.M.Ñ.L. las accesorias legales de
inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos
políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el
tiempo de condena.
Asimismo, el tribunal impuso a J.M.Ñ.L. las penas accesorias de privación de
la patria potestad si la tuviere o inhabilitado para obtenerla si no la
tuviere; de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le
confirieren respecto de la persona y bienes de la ofendido, de sus
ascendientes y descendientes; más la interdicción del derecho de ejercer la
guarda y ser oídos como parientes en los casos que la ley designa y la
sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al
cumplimiento de la pena principal.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda
a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella
genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que a
partir del segundo semestre de 2011, en dos ocasiones, y en una oportunidad
en 2013, J.M.Ñ.L., al interior su hogar, ubicado en la villa Los Héroes de
la ciudad de Rancagua, procedió a violar a la víctima, su primo menor de 14
años de edad a dicha época, imponiéndole silencio con amenazas.
Agresión sexual que el condenado reiteró durante las vacaciones escolares de
invierno de 2015, al interior del inmueble de la villa Los Héroes,
sometiendo a la víctima, que a dicha fecha tenía 14 años de edad, mediante
golpes y amenazas.
Finalmente, el 18 o 19 de septiembre de 2015, en el mismo inmueble, J.M.Ñ.L.
procedió a violar nuevamente a su primo, después de llevarlo tomado del
pelo, con gran violencia, hacia el interior del baño de la casa, lugar donde
consumó el delito.

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