G y TOP Rancagua

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a María Elizabeth Yáñez Mella  a la pena efectiva de 5 años y un día de presidio, como autora del delito de tráfico de drogas. Ilícito perpetrado en febrero pasado, en la comuna de Rengo.

En fallo unánime (causa rol 432-2017), el tribunal –integrado por los magistrados Sergio Allende Cabeza (presidente), Carlos Pérez Díaz y Felipe Cortés Ibacache (redactor)– aplicó, además, a Yáñez Mella las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, la inhabilitación absoluta para cargo y oficio público, y la accesoria especial de inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena; además del pago de las costas del proceso y de una multa de 40 UTM (unidades tributarias mensuales).

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de la sentenciada para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El fallo dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, en enero de 2017, Yáñez Mella residía en la casa de una sobrina, ubicada en la población Nuevo Amanecer de la comuna de Rengo, lugar en donde se dedicaba a la venta de cocaína.

De este modo, el 27 de enero, la condenada en conjunto con otra mujer joven, “vendió a un tercero dos bolsas con pasta base de cocaína. Asimismo, el día 8 de febrero de 2017 un tercero ingresó al inmueble N°1549 y al retirarse tomó contacto con un sujeto que habitaba ese domicilio que le entregó al comprador 6 envoltorios de pasta base de cocaína”.

En tanto, el 23 de febrero de 2017, Yáñez Mella y un tercero, se encontraban en dicho domicilio, “específicamente en el dormitorio y encima de la cama la imputada mantenía un bolso que en su interior contenía para la venta a terceros la siguiente droga: una bolsa de clorhidrato de cocaína con un peso bruto de 80.79 gramos; una bolsa con once bolsitas pequeñas de pasta base de cocaína en estado húmedo con un peso bruto de 45.16 gramos; una bolsa con 81 envoltorios de papel con pasta base con un peso bruto de 14.99 gramos; una bolsa con 83 envoltorios de papel con pasta base con peso bruto con 15.11 gramos; una bolsa con 99 envoltorios de papel con pasta base con peso bruto de 18.89 gramos; una bolsa con 100 envoltorios de papel con pasta base con peso bruto 19.37 gramos; una bolsa con 100 envoltorios de papel con pasta base con peso bruto de 19.49 gramos; una bolsa con 101 envoltorios de papel con pasta base con peso bruto de 17.95 gramos”, agrega el fallo.

Bolso que, además, “contenía la suma de $331.050 pesos, papel recortado, una mochila con 7 envoltorios de papel con pasta base de cocaína con un peso bruto de 2.16 gramos: además, bajo la cama la imputada mantenía en una bolsa 200 envoltorios de pasta base de cocaína con peso bruto de 50.16 gramos y en el patio mantenía una planta de cannabis sativa de 60 centímetros de altura”.

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