La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó sentencia que condenó a la
empresa CGE Distribución S.A a pagar indemnizaciones por un monto total
cercano a las $1.650.000.000 (mil seiscientos cincuenta millones de pesos) a
los propietarios de parcelas y predios que resultaron afectados por incendio
registrado en diciembre de 2016, en la comuna de Marchigüe.
En fallo unánime (causa rol 1380-2019), la Segunda Sala del tribunal de
alzada -integrada por los ministros Pedro Caro Romero, Bárbara Quintana
Letelier y el abogado (i) José Irazábal Herrera- confirmó en lo apelado, la
sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz.
“(…) la sentencia recurrida dio por acreditado que el incendio se originó
por la precipitación al suelo de elementos incandescentes desde el sistema
de distribución eléctrica con sujeción en el poste rotulado como 5-031069,
los que provocaron el encendido de los combustibles apostados bajo esta
estructura de concreto, produciéndose una propagación radial en primera
instancia para posteriormente propagarse este fuego predominantemente en
dirección oriente y producto del viento imperante las pavesas generadas se
trasladan en dirección norte, cruzando el camino de tierra interior del
predio”, sostiene el fallo.

Corte 2020 a
La sentencia agrega que “la documental acompañada por la demandada a folio
166, con la finalidad de demostrar que los dueños de predios forestales
deben emplear medidas de seguridad para evitar incendios forestales, sólo
tendría relevancia en la medida que CGE Distribución hubiera acreditado que
el incendio se produjo a causa del incumplimiento de aquellas, cuestión que,
sin embargo, no aconteció en la especie, determinándose, en cambio, que el
incendio se produjo a causa del incumplimiento de los deberes de cuidado que
la ley y el reglamento respectivo le imponen a la concesionaria en el
ejercicio de su actividad reglada de distribución eléctrica, sin que tampoco
se haya demostrado por aquella que la propagación del incendio se produjera
a causa de la falta de medidas de seguridad que sean de cargo de los
propietarios de los predios afectados”.
Por tanto, se resuelve: “Que, se confirma, en lo apelado, la sentencia
definitiva de fecha dos de septiembre de dos mil diecinueve, complementada
con fecha siete de julio de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de
Letras de Santa Cruz, en la causa Rol C-1349-2017”.

Print Friendly, PDF & Email

Dejar respuesta