La iniciativa adecúa el Código del Trabajo en materia de protección de los niños, niñas y adolescentes en el mundo del trabajo, buscando erradicar el trabajo infantil y regular el trabajo adolescente protegido.

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Por 146 votos a favor y 1 abstención, el Congreso aprobó el proyecto de ley presentado por el Gobierno para proteger con más fuerza los derechos de los niños, niñas y adolescentes, a través de la modernización y adecuación de la normativa a las recomendaciones y estándares internacionales. Se estima que, en el mundo, hay 152 millones de niños y niñas —64 millones de niñas y 88 millones de niños— en situación de trabajo infantil: Casi 1 de cada 10 niños en todo el mundo (OIT, 2017).

La iniciativa contó con un amplio apoyo transversalde los parlamentarios y parlamentarias, y con la participación en la discusión de la Subsecretaría de la Niñez, la Defensoría de la Niñez y la Organización Internacional del Trabajo, entre otros.

En nuestra región el Seremi del Trabajo y Previsión Social Federico Iglesias,  valoró la aprobación: “Como Estado teníamos el compromiso de adecuar nuestra legislación a los estándares internacionales y así avanzar de una manera más eficaz en la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes”.  Además agregó que:“Como gobierno seguimos comprometidos con la tarea de erradicar el trabajo infantil”

Dentro de lospuntos que quedaron definidos en la normativa, sefija una diferencia expresa entremayor de edad, adolescente con edad para trabajar, adolescente sin edad para trabajar, y niño o niña, y se definen los conceptos de Trabajo Peligroso y Trabajo Adolescente Protegido, alineando los utilizados en nuestra legislación con los de la OIT.

Además, la iniciativa:

  • Actualiza los requisitos para la contratación de los adolescentes con edad para trabajar, regulando lasexigencias que se deben cumplir.
  • Regula la jornada laboral, manteniendo que esta no puede ser superior a 30 horas semanales, pero agregando que podrán ser distribuidas en un máximo de 6 horas diarias en el año escolar y hasta 8 horas diarias durante la interrupción del año escolar y en el período de vacaciones.
  • Establece multas especiales para el empleador que contrate niños o niñas para la prestación de servicios personales bajo dependencia y subordinación. En estos casos, las multas van desde 10 a 300 Unidades Tributarias Mensuales, según el tamaño de la empresa.La cuantía de la multa será determinada teniendo en cuenta la gravedad de la infracción, su reiteración y el número de personas involucradas.
  • Establece multas para los empleadores que infrinjan las normas relativas a la contratación de un adolescente con edad de trabajar. Las multas van de las 2 a 60 UTM.
  • Incorpora nuevas sanciones para empleadores que infrinjan reiteradamente la normativa, creándose también un registro público de empresas infractoras, que al efecto llevará la Dirección del Trabajo.

Según el Índice de Vulnerabilidad -dado a conocer el pasado 12 de junio-, de las 345 comunas del país, 81 tienen un alto nivel de vulnerabilidad al trabajo infantil, 63 se encuentran en nivel medio y 201 poseen vulnerabilidad baja al trabajo infantil. El análisis completo, que se puede revisar en el sitiohttp://www.noaltrabajoinfantil.cl/repositorio/.

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