Corte 2020 b

La Corte de Apelaciones de Rancagua declaró inadmisible el recurso de
protección presentado en contra del Ministro de Salud y el jefe de la
defensa regional, por no restringir la libertad de circulación de las
personas de la región por 14 días, incluyendo eventualmente el cierre de los
acceso a la zona por la Ruta 5 y la Carretera de la Fruta.
En fallo unánime (causa rol 3.174-2020), la Sala de Turno del tribunal de
alzada -integrada por los ministros Jorge Fernández Stevenson, Pedro Caro
Romero y Michel González Carvajal- declaró inadmisible la acción judicial
por exceder las atribuciones de la Corte de Rancagua.
“Atendido que lo solicitado en el recurso excede el marco de las
atribuciones que a esta Corte le confiere el artículo 20 de la Constitución
Política de la República y de conformidad, además, con lo dispuesto en el N°
2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del
Recurso de Protección, se declara inadmisible la acción cautelar deducida en
autos”, sostiene el fallo.

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