El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Jaaziel Enrique
Araya Quinteros a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo, en
calidad de autor del delito consumado de homicidio. Ilícito perpetrado en
agosto de 2015, al interior del Complejo Penitenciario de la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 131-2019), el tribunal -integrado por los
magistrados Carolina Garrido Acevedo (presidenta), Miguel Ángel Santibáñez y
Felipe Cortés Ibacache (redactor)- aplicó, además, a Araya Quinteros las
accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos
políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos
durante el tiempo de la condena; más el pago de las costas del proceso.

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Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda
a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella
genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que
alrededor de las 14.30 horas del 13 agosto de 2015, “en el interior del
complejo penitenciario de Rancagua, en el sector techado del patio, el
imputado Jaaziel Enrique Araya Quinteros, quien se encontraba como interno
cumpliendo condena en dicho recinto, tuvo un altercado con la víctima Juan
Ramón Estrada Ruiz, quien también cumplía condena en el lugar, y con un arma
blanca procedió a herirlo en el pecho, produciéndole una herida corto
punzante penetrante torácica, que le causó la muerte en el mismo penal
momentos después”.

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