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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Santiago Ayala Quintero a la pena de 12 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de homicidio. Ilícito perpetrado en noviembre de 2017, en la comuna de Machalí.

En fallo unánime (causa rol 454-2018), el tribunal –integrado por los magistrados Patricio Acevedo Silva (presidente), Óscar Castro Allendes y Roberto Cociña Gallardo (redactor)– aplicó, además, a Ayala Quintero las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, más el pago de las costas del proceso.

Asimismo, el tribunal aplicó a Ayala Quintero la pena de 300 días de presidio,  como autor del delito de lesiones menos graves.

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el día 12 de noviembre de 2017, Ítalo Peña Zárate concurrió junto con su pareja y amigas de ambos, al cerro San Juan de Machalí. Lugar donde, cerca de las 3 de la madrugada, otro grupo que se movilizaba en un automóvil marca Nissan V-16 de color blanco, impactó al vehículo de las víctimas, por lo que se produjo una reyerta.

En dicho contexto, el condenado, “(…) quien portaba un cuchillo en sus manos, lesionó en la espalda en la parte superior a A.E.L.P., causándole lesiones de mediana gravedad y, enseguida con la misma arma blanca, procedió a agredir a Ítalo, quien salió en defensa de sus amigas, a la altura del cuello y en el brazo izquierdo, causándole lesiones en ambas partes del cuerpo, la primera se tradujo en una herida corto punzante en la región cervical izquierda de tipo homicida, que le causó la muerte a las 12.40 horas del mismo día”.

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