G y TOP Rancagua

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Simón Alfredo
Mora Armijo y Mauricio Hernán Carreño Muñoz a las penas efectivas de 10 años
y un día de presidio, en calidad de autores del delito consumado de tráfico
ilícito de drogas. Ilícito perpetrado en febrero del año pasado, en la
ciudad.

En fallo unánime (causa rol 257-2018), el tribunal -integrado por los
magistrados Joaquín Nilo Valdebenito (presidente), Carolina Garrido Acevedo
y Sergio Allende Cabeza (redactor)- aplicó, además, a Mora Armijo y Carreño
Muñoz las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos
y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para
profesiones titulares mientras duren las condenas.

En la causa, el tribunal  condenó también a:

-Manuel Alejandro Boza Gálvez y Rodrigo Eli Díaz Arredondo a 5 años y un día
de presidio, mas accesorias legales y el pago de una  multa de 40 UTM, como
autor del delito de tráfico ilícito de drogas, en la modalidad de
sustracción.

-Wilfredo Andrés Ramírez Urra a 3 años y un día de presidio, accesorias
legales, como autor delito de tenencia ilegal de arma de fuego; y 541 días
de presidio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el
tiempo de la condena; y el pago de multa de 10 UTM, como autor del delito de
tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades.

-Sebastián Enrique Mazuelo Venegas, deberá purgar dos penas de 541 de
presidio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el
tiempo de la condena y el pago de una multa de 10 UTM, como autor del delito
de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades y tenencia ilegal de
municiones.
Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma
de muestras biológicas de los sentenciados por tráfico ilícito de drogas
para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro
nacional de ADN de condenados.

Asimismo, se decretó la destrucción de toda la droga incautada y el comiso
de las armas, municiones y placa de la Policía de Investigaciones con su
respectiva tarjeta de identificación policial.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el 12
de enero de 2016, a raíz de una denuncia, se inicia una investigación por
parte de la PDI, relacionada con una familia que se dedicaba al tráfico de
drogas, siendo uno de sus miembros Mauricio Carreño Muñoz. Durante el
proceso investigativo y habiéndose utilizado como principal técnica de
indagación las escuchas telefónicas, se logra determinar que los sujetos
cambian su forma de actuar, dedicándose ahora a la sustracción violenta de
drogas.

El fallo agrega que “al continuar con las pesquisas a través de las escuchas
telefónicas, tienen noticia de una sustracción que ocurriría el día 3 de
febrero de 2017. Ese día, continúan las escuchas y logran determinar que se
efectuó una nueva sustracción de droga. Con esta información, y siendo un
hecho conocido en base a los antecedentes recopilados que después de
efectuar un atraco, el grupo se dirigía a celebrar, en esta ocasión a donde
un tal ‘pelao Abud’, deciden abordarlos en este local, para asegurar el
resultado de la diligencia. En este operativo y en aquel lugar resultan
detenidos Mauricio Hernán Carreño Muñoz, Simón Alfredo Mora Armijo, Manuel
Alejandro Boza Gálvez y Rodrigo Eli Díaz Arredondo”.

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